Presidente, el naturalizado es extranjero
Escrito por: Carlos R. Salcedo C.
Cuando me abordaron varios medios manifesté mi apoyo a la forma vigorosa en la que el presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, defendió la soberanía nacional, cuando pronunció el ya famoso discurso en la II Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), celebrada en La Habana, como respuesta a los pronunciamientos del primer ministro de San Vicente y las Granadinas, Ralph Gonsalves. Si sufrimos una agresión el presidente defendió nuestro honor y eso, en cuanto a la forma es correcto. Pero también observé a la prensa que difería en cuanto al fondo de algunas de sus declaraciones.
La defensa de la soberanía no puede implicar el desconocimiento de que los derechos humanos son universales y nos toca a todos defenderlos, tanto aquí como en todo el mundo. Desconozco si la forma como lo hizo Gonzsalves fue adecuada. Lo cierto es que él, como cualquier ciudadano del mundo, tiene derecho a pronunciarse si entiende que hay alguna violación a derechos humanos. Para eso, entre otras cosas, existen estos espacios de integración.
Además, no es cierto que el Estado dominicano no haya despojado de su nacionalidad dominicana a una cantidad considerable de personas de origen haitiano. Estas tenían sus actas de nacimiento y fueron reconocidas como dominicanas por haber nacido aquí y porque el estatus migratorio ilegal de sus padres no se les transfiere a los hijos, ni es una condición para el otorgamiento de la nacionalidad, como lo ha establecido la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. Eran ciudadanos dominicanos por la Constitución anterior y por la actual.
El invento de la naturalización, eufemísticamente llamado solución humanitaria, es la más clara demostración de despojo de la nacionalidad, pues solo se naturaliza al extranjero. Eras dominicano, tenías unos derechos, y ahora eres extranjero. Puedes optar por adquirir la nacionalidad dominicana que te pertenecía, pero ahora tienes menos derechos.
Presidente, el juicio político no procede cuando usted cumple con los dictados de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y la Convención Interamericana de los Derechos Humanos. Si no los obedece compromete la responsabilidad del Estado, el que podrá –será- ser sancionado por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, por efecto de la triste célebre sentencia 168/13 y por la arbitrariedad previa de la Junta Central Electoral.